20 de Diciembre del 2013Redacción/ Fotos: Ingimage
Deja afuera el supuesto de aborto por malformación del feto.
Si el aborto se realiza por daño a la madre, se puede realizar hasta la semana 22.
El Gobierno español aprobó hoy una reforma de la ley del aborto que anula la interrupción libre y voluntaria del embarazo hasta la semana décimo cuarta, ahora en vigor, y adopta una que prevé dos supuestos: daño físico o psíquico a la madre y embarazo como resultado de una violación.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, explicó hoy la nueva normativa, que deja fuera el supuesto de aborto por malformación del feto, aunque podría darse si de ello se deriva un perjuicio psíquico o físico a la madre.
Si el aborto se realiza por daño a la madre, se puede realizar hasta la semana 22, en caso de que un embarazo sea consecuencia por violación, podrá practicarse hasta la semana 12, siempre y cuando haya existido una denuncia al delito sexual.
La interrupción del embarazo se hará con condiciones específicas, tiene que presentarse como un informe suscrito por dos médicos que la motive y debe practicarse en centros reconocidos.
Además, Alberto Ruiz-Gallardón, subrayó que se trata de una norma pretende respetar los derechos de la mujer y los del feto.
La norma obliga a que la mujer que desea practicar el aborto, sea asesorada convenientemente antes de decidir sin que ello sea un "trámite".
ML
